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Además, la patria potestad no tiene nada que ver con que los padres estén divorciados o no, siendo un deber al que los padres no pueden renunciar ni llegar a desaparece ante una situación de separación entre la pareja o divorcio. Esto significa que, aunque los padres de divorcien deberán de atender las necesidades de sus hijos y encargarse de su alimentación, educación, crecimiento, representación, desarrollo y administración de sus bienes.
En un divorcio de mutuo acuerdo generalmente no se tiende a discutir puesto que se sobre-entiende que esta obligación pertenece a ambos progenitores. La situación puede llegar a complicarse en el momento en el que uno de los miembros de la pareja si lo considera, puede iniciar un proceso judicial para que se le conceda la patria potestad solamente a él o ella, o para que se definan las decisiones que tomará un progenitor y las que tomará el otro.
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La patria potestad regulada por el artículo 154 del Código Civil viene concedida de manera legal en beneficio de los hijos. Se ejercerá en todo momento en interés de los hijos, de acuerdo con su responsabilidad y con respeto a sus derechos e integridad física y mental.
Esta titularidad es ostentada por ambos progenitores y ante una situación de crisis conyugal o de pareja, la patria potestad no se ve alterada.
Como responsabilidad parental comprende varios deberes y facultades de carácter personal y de carácter representativo y patrimonial:
Es normal la creencia de que todas estas obligaciones son de quien tiene la custodia de los hijos, pero en realidad si la patria potestad es compartida muchas de las decisiones han de ser consensuadas, independientemente de cual sea el progenitor con el que vivan los hijos.
En el caso de que no se llegue a un acuerdo al tipo de custodia por ambos progenitores, será el juez quien valore y decida en beneficio del menor.
Entre las principales características de la patria potestad destacamos:
El incumplimiento de las obligaciones esenciales por parte de los padres es causa de privación de la patria potestad. Para que dicho incumplimiento demuestre que tal opción ha de ser adoptada deben darse ciertos requisitos:
Entre los diferentes tipos de supuestos de privación de patria potestad encontramos:
En algunos de los casos y si así lo considera el juez puede privar de la patria potestad a uno de los progenitores, no siendo incompatible para que pueda cumplirse con el régimen de visitas y pasar tiempo con los hijos, se le privará de tomar ciertas decisiones que afecten a su educación y crecimiento.
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